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Uruguay
y el derecho al agua potable
Uruguay
fue el primer país del mundo en declarar en su Constitución
que el agua es un derecho humano fundamental, mediante la reforma
del Artículo 47 con el plebiscito de octubre de 2004.
El
artículo I capítulo VII dice: “Toda persona deberá
abstenerse de provocar impactos ambientales negativos o nocivos en
los recursos hídrico, adoptando las medidas de prevención
y precaución necesarias”
Por
su parte, el artículo 8, capítulo II, letra G establece:
“Que el abastecimiento de agua potable a la población
es la principal prioridad de uso de los recursos hídricos.
Los demás usos se determinarán teniendo en cuenta las
prioridades que se establezcan por regiones, cuencas hidrográficas
y acuíferos”.
Contaminación
del agua
El
problema de la contaminación del agua en nuestro país,
así como en varios de la región, se agrava cada vez
más debido a la expansión agrícola y forestal.
Esta expansión se ha dado en un esquema de agronegocios que
implica la gran extensión de los monocultivos destinados a
la exportación y el uso masivo de agrotóxicos y fertilizantes
químicos, reconocidos mundialmente por sus impactos en el agua.
El
uso masivo de fertilizantes químicos provoca la eutrofización
de los cursos de agua. Este proceso es el resultado de un aumento
de los niveles de nutrientes presentes en el agua, generalmente provenientes
del fósforo y nitrógeno utilizados como fertilizantes
agrícolas. La eutrofización produce un crecimiento excesivo
de algas y otras plantas acuáticas, las cuales al morir se
depositan en el fondo de los ríos, embalses y lagos, generando
residuos orgánicos que, al descomponerse, consumen gran parte
del oxígeno disuelto y de esta manera pueden afectar a la vida
acuática y producir la muerte por asfixia de la fauna y flora.
En
los últimos años, la contaminación del agua por
agrotóxicos ha sido una preocupación manifiesta de distintos
actores de la sociedad, que viene siendo testigos de comprobaciones
cada vez más contundentes del peligro que representan. Además,
en los últimos tiempos se han producido casos de mortandad
de peces y otros animales en distintos puntos del país. Por
otro lado, en enero del 2010 se encontraron residuos de atrazina en
el río Santa Lucía, que abastece de agua potable a la
ciudad de Montevideo. La atrazina es un herbicida altamente tóxico
y de muy difícil eliminación una vez que llega al agua.
Los
agrotóxicos y las UPAs
En
muchas zonas de nuestro país, la potabilización del
agua se realiza en Unidades Potabilizadoras de Agua (UPAs). Todos
los departamentos del país, excepto Montevideo, cuentan con
al menos una UPA y los departamentos de Colonia y Florida, por ejemplo,
tienen seis. Las UPAs son plantas transportables capaces de llevar
a cabo las etapas tradicionales en el proceso de potabilización
del agua: coagulación-floculación, (agrupamiento y eliminación
de las partículas), sedimentación laminar, filtración
rápida, desinfección, adsorción y corrección
del pH.
Desde
hace un tiempo existe una normativa para el control de agrotóxicos
en el agua, sin embargo se desconoce si se está implementando,
cómo se realiza, ni cuáles son los resultados.
Las
UPAs, tienen superficie abierta y el agua que está en proceso
de potabilización queda al descubierto y por lo tanto expuesta
a ser contaminada por los residuos de las eventuales fumigaciones
aéreas que se realicen en las cercanías. No existe normativa
alguna prohibiendo las fumigaciones en las cercanías de las
UPAs.
Algunas
propuestas…
Consideramos
que mientras esté permitido el uso de agrotóxicos, el
derecho al agua limpia seguirá siendo violado. Sin embargo,
creemos oportuno poner sobre la mesa algunas propuestas concretas
que podrían servir para mejorar la situación.
-
Prohibir las fumigaciones terrestres y aéreas en las cercanías
de las Unidades Potabilizadoras de Agua (UPA).
-
En la actualidad están prohibidas las fumigaciones aéreas
a menos 30 metros de las corrientes naturales o fuentes superficiales
de agua, y las aplicaciones terrestres a menos de 10 metros de las
mismas. Estas distancias son sencillamente ridículas y deben
ser ampliadas de forma inmediata.
-
Realizar análisis de residuos de agrotóxicos en el agua
potable.
-
Prohibir de inmediato el uso de la atrazina, uno de los herbicidas
más tóxicos y persistentes en el agua de los autorizados
en nuestro país.
-
Un severo y efectivo control del lavado de las máquinas fumigadoras
en las fuentes de agua y el descarte de envases en las cercanías
de las mismas, y el establecimiento de fuertes sanciones a los responsables
de esta práctica.
El
agua es un recurso finito y vulnerable, esencial para sostener la
vida. Es un bien social y un patrimonio y derecho de todos. El Estado
tiene la obligación constitucional de asegurar que el abastecimiento
de agua potable a la población sea la principal prioridad del
uso de los recursos hídricos. Si quienes tienen poder de decisión
en el Estado, siguen permitiendo que se contamine el agua con agrotóxicos,
se harán pasibles a que la sociedad los demande por atentado
grave a la salud pública, al ambiente y a la vida.
Grupo Guayubira
MAELA Uruguay
RAPAL Uruguay
REDES - Amigos de la Tierra
Rel-UITA
22 marzo 2012